La segunda oportunidad o, como se denomina legalmente, el Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho, es un procedimiento legal por el que eliminan definitivamente todas las
deudas, para poder empezar de nuevo sin la mochila del endeudamiento previo.
De esta manera, cuando una persona se encuentra en situación de insolvencia, es decir,
cuando no puede hacer frente a los pagos comunes (la hipoteca, los plazos del coche, los
suministros, las tarjetas de crédito, etc…) existe la posibilidad de ELIMINAR TODAS TUS
DEUDAS Y EMPEZAR DE CERO, incluso borrar tu nombre de los REGISTROS DE MOROSOS.
Como hemos dicho, mediante el mecanismo de segunda oportunidad, se consigue la
eliminación de las deudas, siempre que se cumplan determinados requisitos, que resumiendo
son:
1º.- Encontrarse en situación de insolvencia, con varios acreedores. Es decir, que los ingresos
no alcancen para pagar las deudas corrientes.
2º.- Generalmente, hay que intentar un acuerdo previo con los acreedores, a través de un
mediador. Este acuerdo consiste en rebajas de deuda, conocidas como quitas, o en
aplazamientos temporales de los pagos.
3º.- Se debe ser deudor de buena fe. No se puede liquidar el activo de forma ruinosa o regalar
los bienes a los amigos y luego declararse en concurso de acreedores.
4º.- Casi todos los bienes que se tengan se destinaran al pago de las deudas, salvo los
necesarios para el día a día. Esto es importante, porque mucha gente desconoce que para
obtener la eliminación de las deudas tiene que hacer frente a las mismas con parte de sus
bienes. También, es importante conocer que los créditos de Derecho público (Hacienda,
Seguridad Social, etc.) no se exoneran, por completo.
Si se cumplen los requisitos mencionados, se inicia un procedimiento de mediación ante el
Notario, si este fracasa, porque los acreedores no aceptan la propuesta efectuada, entonces se
acude al concurso de acreedores en el Juzgado, y se solicita la exoneración del pasivo
insatisfecho, vamos, la eliminación de toda la deuda.
Como ejemplo, en un reciente caso en el que hemos participado, la juez, a nuestra petición de
eliminación de deuda, se ha pronunciado de esta manera:
“Acuerdo que procede el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, que se otorga con
carácter definitivo, exoneración que alcanza a todo el pasivo no satisfecho.”
En resumen, cumpliendo los requisitos, podemos conseguir eliminar para siempre las deudas
acumuladas.
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