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¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad con una vivienda en hipoteca?

La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal que permite tanto a personas físicas, como a autónomos, cancelar sus deudas cuando atraviesan una situación de insolvencia real. Una de las preguntas más frecuentes que nos hacen en el despacho, las personas que quieren acogerse a esta ley hace referencia a, si podrán conservar su vivienda hipotecada o la pueden perder. La respuesta depende de varios factores, como el valor del inmueble, la cantidad adeudada, la capacidad de asumir la hipoteca y la situación económica global de la persona.

Tener una vivienda en propiedad con hipoteca no es un obstáculo para acogerse a esa ley. Si incluimos la deuda hipotecaria dentro de este procedimiento, pueden ocurrir tres situaciones distintas: mantener la vivienda y continuar pagando la hipoteca, entregar la vivienda y cancelar la deuda hipotecaria, o liquidar la vivienda con condonación de la deuda restante.

En el primer escenario, si el deudor tiene ingresos suficientes para afrontar la cuota hipotecaria y no hay excesiva carga de otras deudas, existe la posibilidad de evitar perderla. Para ello es importante estar al corriente o poder renegociar con el banco y que el inmueble sea, la vivienda habitual. Esta opción permite mantener la casa y liberarse de otras deudas no garantizadas, como tarjetas o préstamos personales.

Como cada caso es diferente, lo importante está en el análisis jurídico y financiero personalizado, para valorar si es viable mantener la vivienda, si es más beneficioso entregarla y liberarse de la deuda, o si se puede negociar un plan de pagos realista. En muchos casos, la Ley de Segunda Oportunidad permite conservar la vivienda habitual, pero hay que hacerlo de una manera correcta y por abogados especialistas en este procedimiento.

En Altaley Abogados estudiamos casos similares todos los días. Pueden consultarnos sin compromiso y valoraremos su situación, para aconsejarles de la mejor manera posible.